Términos y condiciones del Contrato de licencia de CoStar

 

Estas Condiciones del Contrato de licencia de CoStar forman parte material del Contrato de licencia que hace referencia a estas Condiciones del Contrato de licencia de CoStar.

1. Definiciones. Tal y como se usan en adelante, los siguientes términos tienen estos significados:

  • Contrato: El Contrato de licencia, junto con las presentes Condiciones del Contrato de licencia de CoStar que estaban vigentes en el momento en que las partes ejecutaron totalmente el Contrato de licencia, y cualquier otro término y condición que se incorporase expresamente en el mismo. 

  • Análisis: Previsiones, evaluaciones, simulaciones, valoraciones, modelos, procesos, métodos, técnicas, aplicaciones, procedimientos, fórmulas, algoritmos y otros análisis relacionados el sector y los valores de los bienes inmuebles comerciales y la industria del hospedaje, incluidos, con carácter meramente enunciativo, los análisis de la cartera del Licenciatario o los resultantes de la prestación de servicios con base en acuerdos de consultoría entre CoStar y el Licenciatario.

  • Usuario autorizado: (a) Si el Licenciatario es una persona, el Usuario Autorizado hará referencia al Licenciatario, de lo contrario (b) Usuario autorizado hará referencia a cada persona que sea (1) un empleado o contratista exclusivo del Licenciatario (es decir, una persona que trabaja únicamente para el Licenciatario, y no también para sí misma o para otra empresa que necesite información sobre el sector de los bienes raíces comerciales o la industria del hospedaje, y que presta esencialmente los mismos servicios al Licenciatario que los que le prestaría un empleado de este), (2) asociado con los sitios identificados específicamente en el Contrato de licencia, y (3) incluido en la lista de CoStar de Usuarios autorizados y sitios asociados para el Producto de Costar. El número de Usuarios autorizados no superará el número de usuarios establecidos en el Contrato de licencia.

  • Materiales del cliente: Los informes y análisis propios del Licenciatario o las presentaciones preparadas para los clientes o posibles clientes del Licenciatario.

  • IPC: para Estados Unidos, Canadá y el Caribe: Índice de precios de consumo para todos los consumidores urbanos (IPC-U); para la Unión Europea: Índice de precios de consumo de la Unión Europea (I:EUCPI); para China: Índice de Precios al Consumo publicado por la Oficina Nacional de Estadística de China; para el resto ubicaciones, Índice de Precios al Consumo publicado por la Oficina Nacional de Estadística del Reino Unido.

  • CoStar: CoStar Realty Information, Inc. y/o la filial correspondiente de la misma que esté proporcionando el Producto con licencia aplicable.

  • Extractos de CoStar: Cantidades limitadas de Información y extractos limitados o partes específicas del Análisis y, también, extractos limitados o partes específicas de los Informes de mercado de CoStar.

  • Informes de mercado de CoStar: Informes de mercado de CoStar sobre el sector inmobiliario comercial o la industria del alojamiento, que podrán contener elementos de la Base de datos o de los Análisis.

  • Partes de CoStar: CoStar, sus afiliados y sus respectivos asociados, responsables, directores, empleados, agentes y proveedores de terceros, así como cada uno de sus sucesores y cesionarios.

  • Producto de CoStar: Cualquier fragmento de la Base de Datos, la Información, el Análisis y los Informes para los que se conceda licencia en virtud del presente Contrato, incluidas sus actualizaciones o modificaciones, así como cualquier información derivada de los mismos, la organización, distribución, diseño y estructuras que permiten categorizar, ordenar y mostrar dicha información y el software y las herramientas relacionados.

  • Base de datos: La base de datos propiedad de CoStar sobre el sector inmobiliario comercial o la industria del alojamiento.

  • Información: La información, los textos, los formularios, los acuerdos, los vídeos, las fotografías y otras imágenes, y los datos contenidos o proporcionados desde la Base de datos.

  • Contrato de licencia: El Contrato de licencia o Formulario de suscripción a los que se incorporan estas Condiciones del Contrato de licencia de CoStar por referencia.

  • Cuotas de licencia: Las cuotas de licencia especificadas en el Contrato de licencia.

  • Producto con licencia: El Producto de CoStar, junto con cualquier otro producto expresamente incluido en la definición de «Producto con licencia» del Contrato.

  • Licenciatario: El Licenciatario especificado en el Contrato de licencia.

  • Código de acceso: El nombre de usuario y contraseña y cualquier otro método de autenticación usado para acceder al Producto con licencia.

  • Fecha de inicio: La fecha en que CoStar entrega al Licenciatario un Código de acceso para el Producto con licencia, si bien, para los clientes ya existentes y poseedores de Códigos de acceso, la Fecha de inicio será la fecha de celebración del presente Contrato.

2. Licencia.

  1. Durante la vigencia del presente Contrato, CoStar concede al Licenciatario una licencia no exclusiva e intransferible para utilizar únicamente las partes del Producto con licencia que se indiquen expresamente en el Contrato de licencia, y hacerlo de conformidad con las estipulaciones del presente Contrato.

  2. Solo los Usuarios autorizados pueden utilizar el Producto de CoStar. El Licenciatario acepta que todas las personas que se beneficien de los Productos de CoStar en un centro autorizado, que, para evitar dudas, podrán incluir, sin carácter exhaustivo, corredores, agentes, investigadores, analistas, tasadores, inspectores, evaluadores, inversores profesionales (incluidos aquellos que tomen o ayuden a tomar decisiones de inversión o sobre préstamos), asesores, agentes de seguros, gestores de activos o personal de ventas u otro personal similar (incluidos, con carácter meramente enunciativo, los gerentes o directores a cuyo cargo esté dicho personal) deben ser Usuarios autorizados, sin importar en qué medida usen el Producto de CoStar, y el Licenciatario se compromete a enviar una notificación a CoStar cuando el número de dichas personas en un centro supere el número de Usuarios autorizados establecido en el presente Contrato.

3. Usos permitidos. Sujeto a las prohibiciones que se establecen a continuación, durante la vigencia del presente Contrato, el Licenciatario podrá, en el curso ordinario de su negocio:

  1. utilizar el Producto de CoStar para fines de investigación interna del Licenciatario;

  2. utilizar la Base de datos para:

    1. proporcionar información (incluido el envío por correo electrónico) relativa a determinados inmuebles a sus clientes o posibles clientes;

    2. promocionar determinados inmuebles;

    3. respaldar su valoración, tasación o informe en relación con un inmueble determinado; 

  3. compartir y distribuir a clientes y posibles clientes (incluido el envío por correo electrónico) Extractos de CoStar que estén incluidos en los propios Materiales para clientes del Licenciatario o formen parte estos, con carácter accesorio y subordinado; siempre que:

    1. dichos Extractos de CoStar solo sirvan de apoyo y no constituyan de forma independiente una parte sustancial los Materiales para clientes;

    2. el Licenciatario será responsable de cualquier distribución de los Extractos de CoStar;

    3. el Licenciatario siempre reconocerá a CoStar como fuente de los Extractos de CoStar en los Materiales para los clientes;

    4. los Materiales para los clientes no incluirán copias completas ni de partes esenciales de ningún Informe de mercado de CoStar y solo contendrán cantidades limitadas de información específica sobre edificios o inquilinos; y

    5. los Materiales para los clientes se distribuirán a un número limitado de clientes y posibles clientes, y no se distribuirán de forma comercial o general;

  4. imprimir, copiar o exportar Información a programas de procesamiento de texto, hojas de cálculo, presentaciones o paquetes de software de productividad de uso general (o a cualquier otro programa de software con el consentimiento expreso y por escrito de CoStar), ya sean de escritorio, móviles o basados en la nube, siempre que:

    1. el nivel de la Información a imprimir, copiar o exportar esté, según el criterio razonable de CoStar, razonablemente adaptado a los fines del Licenciatario, es insustancial, se encuentra en el curso ordinario de los negocios del Licenciatario y se utiliza de conformidad con lo establecido en las disposiciones restantes del presente Contrato; 

    2. ninguno de dichos programas o soluciones de almacenamiento se vaya a utilizar para crear una base de datos competidora o que permita la búsqueda de cualquier parte de los Productos de CoStar (incluida, sin limitación, cualquier base de datos que permita a los usuarios buscar o extraer registros individuales y puntos de datos); y

    3. la Información no esté expuesta en un entorno que permita su acceso o uso, directo o indirecto, por parte de terceros, incluyendo, sin limitación, herramientas abiertas de inteligencia artificial; y

  5. mostrar en su propio sitio web fotografías del Producto con licencia que muestren inmuebles que el Licenciatario tenga en propiedad, controle, gestione o tenga en exlusiva, a condición de que:

    1. dichas fotografías no puedan ser alteradas, incluida, sin limitación, la marca de agua de CoStar;

    2. dichos derechos para mostrar las fotografías cesen tras el vencimiento o la rescisión de este Contrato; y

    3. que bajo ninguna circunstancia se publiquen dichas fotografías en ningún sitio web que compita con el Producto con licencia.

4. Usos prohibidos.

  1. Salvo lo establecido específicamente en la Sección 3 del presente Contrato o según acuerden las partes por escrito, el Licenciatario no deberá:

    1. distribuir, divulgar, copiar, reproducir, ofrecer, cargar, publicar, comunicar al público por medio de telecomunicación, mostrar, transmitir, asignar, otorgar en sublicencia, transferir, proporcionar acceso a o vender, directa o indirectamente cualquier porción del Producto con licencia por cualquier medio (incluido, sin limitación, Internet, cualquier sistema de tablón de anuncios, red electrónica o cualquier otra forma de compartir datos) con cualquier otra parte que no sea el Licenciatario o los Usuarios autorizados, o modificar, adaptar o crear trabajos derivados del Producto con licencia;

    2. almacenar o copiar cualquier parte del Producto con licencia en una base de datos u otro programa de software; o

    3. enlazar o enmarcar cualquier parte del Producto con licencia.

  2. Sin perjuicio de cualquier disposición del presente Contrato, el Licenciatario, sin el permiso expreso por escrito de CoStar, no podrá:

    1. utilizar cualquier parte del Producto con licencia para crear, directa o indirectamente, cualquier base de datos o producto; 

    2. acceder o utilizar el Producto con licencia si el Licenciatario es un competidor directo o indirecto de CoStar o sus afiliados o si proporciona cualquier parte del Producto con licencia a un competidor directo o indirecto de CoStar o sus afiliados;

    3. modificar, fusionar, recoger datos de, desmontar o aplicar ingeniería inversa a cualquier parte del Producto con licencia, o utilizar cualquier herramienta de minería, recopilación o extracción de datos, o cualquier robot, spider, dispositivo automático o proceso manual, para supervisar o copiar cualquier parte del Producto con licencia o de los datos generados a partir de él;

    4. usar, reproducir, publicar o compilar cualquier Información o Análisis con el fin de venderlo o licenciarlo o ponerlo a disposición del público; 

    5. utilizar cualquier parte del Producto con licencia de una manera que viole cualquier ley, reglamento, norma, ordenanza o principio de derecho consuetudinario aplicable, incluidos los relacionados con la práctica inmobiliaria, la competencia, el marketing, la publicidad, la difamación, los valores, el spam y la privacidad; o 

    6. en relación con la venta u ofrecimiento de valores, utilizar ninguna parte del Producto con licencia en documentos de oferta de valores, declaraciones de registro, prospectos u otros documentos que deban presentarse ante la Comisión de Bolsa y Valores de EE. UU o cualquier otra autoridad federal, provincial, estatal, local o gubernamental extranjera.

5. Duración del contrato.

  1. Este Contrato entrará en vigor en la Fecha de inicio y continuará estándolo durante el período inicial indicado en el Contrato de licencia y, a menos que se estipule de otro modo en el Contrato de licencia, vencerá al final de dicho período inicial el último día del mes natural en que se cumpla el plazo inicial de vigencia. (Por ejemplo, si la Fecha de inicio fue el 15 de enero de 2050, con una duración de un año, el plazo inicial finalizaría el 31 de enero de 2051).

  2. El presente Contrato se renovará automáticamente por periodos sucesivos de un (1) año cada uno salvo que, con al menos sesenta (60) días de antelación respecto del último día del período inicial o de cualquier Período de renovación, segundo corresponda, cualquiera de las partes haya notificado a la otra por escrito la no renovación.

6. Cancelación e interrupción del acceso.

  1. Cualquier parte puede terminar este Contrato si la otra parte:

    1. vulnera de forma material este Contrato, y dicha vulneración no se corrige en un plazo de treinta (30) días tras el envío de un aviso por escrito a la parte que comete la violación; o 

    2. realiza una cesión, un acuerdo o un convenio en beneficio de sus acreedores, o es objeto de la presentación de una petición con arreglo a cualquier ley de quiebra o insolvencia y dicha presentación no es rechazada dentro de los treinta (30) días siguientes a su presentación. 

  2. CoStar puede rescindir este Contrato inmediatamente sin incurrir por ello en ningún tipo de obligación futura para con el Licenciatario en los siguientes casos:

    1. cuando CoStar determine de buena fe que existe una vulneración por parte del Licenciatario de cualquier disposición de las Secciones 4, 9 o 11 del presente Contrato, de cualquier vulneración material de cualquier otro contrato entre las partes o sus filiales;

    2. cuando, previa notificación por escrito con cinco (5) días de antelación, CoStar deje de suministrar un determinado producto (lo cual CoStar podrá hacer en cualquier momento y a su entera discreción), en cuyo caso el Licenciatario quedará liberado de su obligación de pagar las Cuotas de licencia correspondientes con respecto a la parte rescindida del Producto con licencia tras la fecha de dicha rescisión (y CoStar deberá reembolsar cualesquiera Cuotas de licencia atribuibles según el presente Contrato); o

    3. en caso de que el Licenciatario sea propiedad o esté bajo el control directa o indirectamente, o pase a serlo o estarlo (en un 50 % o más) por cualquier individuo o propiedad que: esté designada conforme a un programa de sanciones económicas gestionado por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, la Oficina de Control de Activos Extranjeros del Departamento del Tesoro de EE. UU. o cualquier otra autoridad gubernamental aplicable, o esté ubicada, organizada o tenga su residencia en un país o territorio que sea, o cuyo gobierno sea actualmente, objeto de embargos integrales impuestos por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, el gobierno de EE. UU. o cualquier otra autoridad gubernamental; que aparezca en la lista consolidada del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, la lista de entidades gestionada por la Oficina de Industria y Seguridad del Departamento de Comercio de EE. UU. o cualquier otra autoridad gubernamental; o infrinja materialmente de las leyes de trata de personas o trabajo infantil aplicables. 

  3. CoStar podrá interrumpir el suministro de cualquier parte del Producto con licencia al Licenciatario cuando CoStar determine de buena fe que existe cualquier vulneración real o próxima por parte del Licenciatario del presente Contrato, o cualquier vulneración material de cualquier otro contrato entre las partes o sus filiales, en cuyo caso:

    1. el Licenciatario deberá seguir pagando las Cuotas de licencia durante el periodo de interrupción (sin embargo, estas le serán devueltas si se determina después que no existió realmente una vulneración); y 

    2. CoStar restablecerá el suministro del Producto con licencia solo si, según la opinión razonable de CoStar, la violación se ha resuelto de forma satisfactoria (incluido, si corresponde, abonar cualquier cantidad adeudada).

  4. En caso de incumplimiento por parte del Licenciatario de cualquiera de los términos de este Contrato que tenga como consecuencia la rescisión de este, todas las Cuotas de licencia y todas las demás tarifas pagaderas en virtud del presente Contrato serán inmediatamente exigibles y pagaderas en su totalidad y, además de lo anterior, las acciones de CoStar contra el Licenciatario tendrán la máxima amplitud posible y comprenderán cualesquiera medios de tutela, indemnizatorios o de cualquier otro tipo conforme a derecho o equidad. Si CoStar contrata a un tercero para obtener el resarcimiento o tutela al que tiene derecho en virtud del presente Contrato, CoStar tendrá derecho a recuperar todos los costes en que deba incurrir, incluidos los honorarios de los abogados o las comisiones de las agencias de cobro que CoStar deba pagar.

7. Después de la rescisión.

  1. Tras la rescisión o no renovación del presente Contrato, el Licenciatario no podrá seguir utilizando ninguna parte del Producto con licencia de ninguna manera.

  2. Dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha efectiva de rescisión o no renovación, el Licenciatario eliminará o destruirá permanentemente todos los elementos del Producto con licencia bajo su control, siempre y cuando el Licenciatario no esté obligado a eliminar de sus documentos en papel, electrónicos o en el correo electrónico la Información que los Usuarios autorizados del Licenciatario hayan incorporado a sus propios informes, análisis u otros materiales de conformidad con los términos del presente Contrato y que se hallen contenidos en dichos documentos en papel, electrónicos o en el correo electrónico, siempre y cuando dichos materiales se conserven como parte de los sistemas ordinarios corporativos de información de seguridad o respaldo o con fines legales o reglamentarios, y no se utilicen, copien, distribuyan o muestren con fines de investigación interna o de marketing ni para crear cualquier servicio de información inmobiliaria comercial, o base de datos similar con función de búsqueda, rellenar los campos de un servicio o base de datos del tipo dicho o conservar este tipo de servicios, y tampoco podrá utilizarse con ningún otro propósito. Siempre que CoStar se lo solicite, el Licenciatario deberá certificar el cumplimiento de los términos de este párrafo por escrito en una forma que CoStar encuentre razonablemente satisfactoria.

  3. CoStar, a su entero coste y discreción, podrá auditar el cumplimiento de esta Sección y de cualesquiera otros términos de este Contrato por parte del Licenciatario, siempre que dicha auditoría se realice bajo la supervisión razonable del Licenciatario y que este coopere en su realización.

8. Cuotas de licencia.

  1. El Licenciatario se compromete a pagar las Cuotas de licencia y todas las demás tarifas especificadas en el presente Contrato en la moneda y forma indicadas en el Contrato de licencia. 

  2. Anualmente, el último día del mes de vencimiento del Contrato, CoStar podrá aumentar la Cuota de licencia en un porcentaje igual al aumento porcentual del Índice de Precios al Consumo publicado relativo a los doce meses anteriores.

  3. En cualquier momento del período de renovación, CoStar podrá aumentar las Cuotas de licencia o cobrar otras tarifas por cualquier parte del Producto con licencia o servicio prestado por CoStar; sin embargo, si la Cuota de licencia se incrementa en un porcentaje superior al porcentaje de incremento del IPC y el Licenciatario no está de acuerdo con el aumento o el nuevo cargo aplicado podrá notificar por escrito a CoStar su decisión de rescindir el presente Contrato en un plazo de sesenta (60) días a contar desde la notificación por parte de CoStar de dicho aumento o cargo; en cuyo caso (i) el Licenciatario continuará pagando las mismas Cuotas de licencia hasta el último día del mes en que haya notificado la rescisión y (ii) ese día el Contrato quedará rescindido respecto de la parte del Producto con licencia afectada. 

  4. CoStar puede enviar las facturas de las Cuotas de licencia por correo electrónico, correo ordinario o ambos métodos a la vez. Todas las cuotas se facturarán por adelantado de acuerdo con el ciclo de facturación indicado en el presente documento y deberán abonarse en un plazo máximo de 30 días naturales. Todos los pagos recibidos con posterioridad al vencimiento de la factura podrían ser objeto de un cargo por demora consistente en el máximo interés legalmente permitido, el cual se devengaría desde la fecha de vencimiento de la factura y hasta la fecha de pago efectiva. En todos los casos, se deberá pagar el importe total de las cuotas correspondientes bajo este Contrato, sin derecho a compensación o deducción alguno. El hecho de que CoStar acepte un pago no afectará a su derecho a cobrar el importe total adeudado o a ejercitar acciones legales o de otro tipo. Ninguna firma o declaración en cualesquiera cheques, documentos de pago u otros instrumentos podrán interpretarse como acuerdo transaccional. Las Cuotas de licencia no incluyen el IVA, el impuesto a las ventas, el impuesto por uso, impuestos especiales o cualesquiera otros impuestos o cargos actuales, y quedan también excluidos los que puedan surgir en el futuro por decisión de cualquier Gobierno u órgano con potestad para establecer impuestos con respecto al Producto con licencia. CoStar no estará obligada a utilizar proveedores de pago de terceros o aceptar pagos mediante tarjeta de crédito, por lo que cualquier tarifa cobrada por proveedores de este tipo o costes derivados del uso de tarjetas de crédito podrá añadirse a las cantidades a pagar conforme a este contrato. A elección de CoStar, el Licenciatario deberá pagar dichos impuestos o cargos adicionales directamente o se los pagará a CoStar inmediatamente después de la recepción de la factura de CoStar.

  5. El Licenciatario deberá notificar a CoStar cualquier problema o discrepancia de facturación dentro de los 180 días posteriores a la primera aparición de los cargos en el estado de cuenta; pues si no pone dicha información en conocimiento de CoStar dentro de dicho período, el Licenciatario acepta renunciar a su derecho de disputar dichos problemas o discrepancias. 

  6. Es responsabilidad del Licenciatario proporcionar a CoStar a la mayor brevedad posible cualquier cambio o actualización en su información de contacto y facturación (incluidos el número de teléfono, la dirección de correo electrónico, los números de las tarjetas de crédito, etc.). Las actualizaciones de facturación deberán enviarse por correo electrónico a billing@costar.com

9. Acceso al Producto con licencia, códigos de acceso y seguridad.

  1. El Licenciatario se asegurará de que el acceso al Producto con licencia y su uso, así como los Códigos de acceso o cualquier otro método de autenticación utilizado para acceder al Producto con licencia, estén disponibles únicamente para los Usuarios autorizados, y no permitirá a nadie que no sea Usuario autorizado acceder al Producto con licencia o a los Códigos de acceso por ningún motivo. Ningún Usuario autorizado podrá compartir sus Códigos de acceso asignados con ninguna otra persona ni permitir que otra persona utilice sus Códigos de acceso o tenga acceso a ellos. Ningún Usuario autorizado podrá acceder al Producto con licencia utilizando un Código de acceso distinto de los asignados a dicho Usuario autorizado.

  2. El acceso de cada Usuario autorizado al Producto con licencia puede requerir autenticación de varios factores, incluida, entre otras, la autenticación biométrica o la designación de dispositivos específicos. CoStar no tiene ninguna obligación de confirmar la identidad real de cualquier persona o entidad que acceda al Producto con licencia protegido por código de acceso, bien con su Código de acceso, bien con otro método de autenticación, ni de comprobar si el acceso se realiza por una persona facultada para ello.

  3. Durante la vigencia del presente Contrato, el Licenciatario deberá notificar inmediatamente a CoStar cualesquiera cambios en puestos de empleo o en contratistas que afecten a un Usuario autorizado, con inclusión, sin carácter exhaustivo, de cualquier despido o rescisión de contrato de prestación de servicios que afecten a un Usuario autorizado, e inmediatamente después de dicha rescisión o despido el Licenciatario deberá garantizar que no vuelvan a utilizarse y que se destruyen los Códigos de acceso de tales Usuarios autorizados y que estos sean destruidos. Ningún usuario autorizado que deje de ser un empleado o contratista del Licenciatario podrá usar ningún Código de acceso de forma alguna.

  4. El Licenciatario implementará controles de seguridad técnicos y administrativos de acuerdo con las normativas de la industria para proteger el Producto con licencia. Si se produce algún incidente de seguridad o infracción en los sistemas del Licenciatario (o de cualquier tercero) que afecte al Producto con licencia o a la Información de CoStar, o en caso de que el Licenciatario descubra cualquier uso no autorizado del Producto con licencia atribuible a una acción o inacción del Licenciatario, este deberá responder de inmediato a dicho incidente o infracción, resolver los problemas que haya causado y notificar a CoStar toda la información relevante asociada a la violación o incidente.

  5. El Licenciatario designará a una persona autorizada para determinar y cambiar el nivel de acceso de cada Usuario autorizado al Producto con licencia y también se encargará de garantizar que el Licenciatario cumpla con este Contrato.

  6. El Licenciatario es responsable de proveerse de todo el hardware y el software necesarios para obtener y utilizar el Producto con licencia, así como de disponer del acceso a Internet necesario.

  7. El Licenciatario acepta que, si crea ajustes, búsquedas guardadas, campos o funciones en el Producto con licencia o introduce, exporta a o añade cualquier dato en el Producto con licencia o desde este, ninguna de las Partes de CoStar tendrá responsabilidad alguna por dicha información, lo cual excluye, entre otros supuestos, cualquier responsabilidad por la pérdida, destrucción o uso por parte según lo aquí establecido; el Licenciatario reconoce que es su responsabilidad crear copias de seguridad de dicha información. CoStar puede limitar la cantidad de espacio de almacenamiento asignado a dicha información.

  8. CoStar se reserva el derecho a modificar cualquier parte del Producto con licencia o el modo de acceso a este en cualquier momento siempre que dichas modificaciones no degraden significativamente el Producto con licencia.

  9. El Licenciatario reconoce y acepta que CoStar podrá grabar las comunicaciones telefónicas y electrónicas que mantenga con el Licenciatario o sus Usuarios autorizados para fines comerciales internos de CoStar, lo que incluye, entre otros, fines de formación y control de calidad. 

10. Información del licenciatario. Si el Licenciatario es un agente inmobiliario, inversor o promotor, el Licenciatario acuerda hacer los esfuerzos razonables para mantener a CoStar informada sobre los inmuebles disponibles que estén en alquiler o en venta y sobre las transacciones realizadas respecto a los inmuebles que el Licenciatario posea, controle, represente o tenga en exclusiva. Por el presente documento, el Licenciatario concede a CoStar y sus afiliados una licencia irrevocable, no exclusiva y cedible para recopilar, utilizar, modificar, reproducir y sublicenciar la información sobre bienes inmuebles disponible en la página web del Licenciatario o que haya proporcionado a CoStar de cualquier otra forma. CoStar reconoce que, si el Licenciatario le proporciona cualquier información o imagen, este conservará sus derechos sobre dicha información o imagen, incluso tras la rescisión de este Contrato.

11. Propiedad. El Licenciatario reconoce que el Producto con licencia se compone de datos que son propiedad de CoStar y de sus licenciantes y que CoStar y sus licenciantes tienen y mantendrán la propiedad exclusiva de todos los derechos de propiedad sobre el Producto con licencia, incluidos todos los derechos de la propiedad intelectual según la legislación de EE. UU., Reino Unido, Canadá o la Unión Europea y otros derechos de la propiedad intelectual internacionales así como otros derechos de la propiedad intelectual o industrial, como patentes, marcas comerciales, copyrights o secretos comerciales. Este es un acuerdo o contrato de licencia, no un acuerdo de venta. El Licenciatario no tendrá ningún derecho, pretensión o aspiración respecto de ninguna parte del Producto con licencia, excepto el derecho a utilizar el Producto con licencia como se especifica en el presente documento. El Licenciatario reconoce que el Producto con licencia tiene la condición de propiedad valiosa e información confidencial protegida por copyright perteneciente a CoStar o sus licenciantes y se compromete a (a) cumplir con todas las leyes reguladoras del copyright o de los derechos de autor, las marcas comerciales, los secretos comerciales, las patentes, los contratos o cualesquiera otras leyes necesarias para proteger todos los derechos sobre dicha información; (b) no cuestionar la información propiedad de CoStar o de sus «licenciantes» ni la validez o exigibilidad de sus derechos sobre dicha información; y (c) no eliminar, ocultar, borrar o eludir ningún aviso o licencia de copyright u otro aviso, información de gestión de derechos, licencia o medida tecnológica antipiratería incluida en el Producto con licencia. El Licenciatario será responsable de cualquier vulneración de las disposiciones de este contrato por parte de cualquier Usuario autorizado o por parte de sus empleados, Contratistas exclusivos, afiliados o agentes. Sin el consentimiento de CoStar, el Licenciatario no podrá utilizar ni reproducir ninguna marca comercial, marca de servicio o nombre comercial de CoStar o de sus licenciantes. Nada de lo dispuesto en este Contrato limitará la capacidad de CoStar para utilizar libremente y para cualquier propósito, y sin compensación alguna a cambio, cualquiera de las ideas, sugerencias, mejoras u otro tipo de comentarios del Licenciatario relacionados con el Producto con licencia o con nuevos productos, características o herramientas.

12. Ausencia de garantías. AUNQUE COSTAR SE ESFUERZA POR PROPORCIONAR UN PRODUCTO EXACTO, EL PRODUCTO CON LICENCIA Y TODAS SUS PARTES SE PROPORCIONAN "TAL CUAL", "CON TODOS LOS DEFECTOS" Y "SEGÚN DISPONIBILIDAD". LAS PARTES DE COSTAR EXCLUYEN EXPRESAMENTE LA APLICACIÓN DE CUALESQUIERA DECLARACIONES, GARANTÍAS O ESTIPULACIONES DE CUALQUIER TIPO, YA SEAN EXPRESAS, IMPLÍCITAS O LEGALES, ENTRE LAS CUALES, SIN CARÁCTER EXHAUSTIVO, SE EXCLUYEN LAS SIGUIENTES: (a) GARANTÍA DE COMERCIABILIDAD, IDONEIDAD PARA USO ORDINARIO O PARTICULAR, TRABAJO COMPETENTE, USO O DISFRUTE PLENOS E IMPERTURBABLES E INEXISTENCIA DE CARGAS O GRAVÁMENES, (b) DE CALIDAD, EXACTITUD, VIGENCIA, DISPONIBILIDAD O INTEGRIDAD DEL PRODUCTO CON LICENCIA, (c) LAS QUE SE PODRÍAN DERIVAR DE LAS NEGOCIACIONES, EL MODO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO O EL USO COMERCIAL, (d) LA DE ADECUACIÓN DEL PRODUCTO CON LICENCIA A CUALQUIER FUNCIÓN, DEMOSTRACIÓN O PROMESA DE CUALQUIERA DE LAS PARTES DE COSTAR O (e) LA GARANTÍA DE QUE EL ACCESO AL PRODUCTO CON LICENCIA O SU USO SERÁN ININTERRUMPIDOS, ESTARÁN EXENTOS DE ERRORES O SERÁN COMPLETAMENTE SEGUROS. EL ANÁLISIS Y LOS INFORMES DE MERCADO DE COSTAR QUE CONTIENE EL PRODUCTO CON LICENCIA PUEDEN INCLUIR, SIN CARÁCTER EXHAUSTIVO, DECLARACIONES RELATIVAS A IDEAS, EXPECTATIVAS, INTENCIONES O ESTRATEGIAS ACTUALES O FUTURAS DE COSTAR EN RELACIÓN CON DETERMINADOS MERCADOS DE BIENES RAÍCES. LOS ANÁLISIS Y LOS INFORMES DE MERCADO DE COSTAR ESTÁN SUJETOS A NUMEROSOS RIESGOS E INCERTIDUMBRES QUE PODRÍAN HACER QUE LOS RESULTADOS REALES DIFIRIERAN SUSTANCIALMENTE DE LOS ANÁLISIS Y LOS INFORMES DE MERCADO DE COSTAR. EL LICENCIATARIO ENTIENDE QUE LOS ANÁLISIS Y LOS INFORMES DE MERCADO DE COSTAR QUE CONTIENE EL PRODUCTO CON LICENCIA ESTÁN CONSIDERADOS DE ÚLTIMA GENERACIÓN Y QUE, DEBIDO A SU LIMITADO PERÍODO DE USO, NO SE HA DEMOSTRADO SU GRADO DE PRECISIÓN A LA HORA DE COMUNICAR INFORMACIÓN SOBRE EL MERCADO DE BIENES RAÍCES Y DE REALIZAR PREVISIONES ACERTADAS. EL LICENCIATARIO NO RESPONSABILIZARÁ A NINGUNA DE LAS PARTES DE COSTAR NI A SUS LICENCIANTES DE NINGÚN ERROR EN LA COMUNICACIÓN, EVALUACIÓN, ANÁLISIS, SIMULACIONES O PROYECCIONES DE INFORMACIÓN SOBRE EL MERCADO DE BIENES RAÍCES COMERCIALES NI POR NINGUNA OTRA INFORMACIÓN, ANÁLISIS O INFORMES DE MERCADO DE COSTAR CONTENIDOS EN EL PRODUCTO CON LICENCIA.

13. Limitación de responsabilidad. EN LA MÁXIMA MEDIDA EN QUE LO PERMITA LA LEGISLACIÓN, LAS PARTES DE COSTAR NO SERÁN RESPONSABLES DE NINGUNA PÉRDIDA, COSTE O DAÑO SUFRIDO POR EL LICENCIATARIO O POR CUALQUIER TERCERO, CON EXCLUSIÓN EXPRESA, ENTRE OTROS, DE LOS DERIVADOS DE, O RELACIONADOS CON, CUALQUIER FALLO, INTERRUPCIÓN O RETRASO DEL PRODUCTO CON LICENCIA O CUALQUIER INEXACTITUD, ERROR U OMISIÓN EN LA INFORMACIÓN QUE CONTENGA EL PRODUCTO CON LICENCIA, Y ELLO INDEPENDIENTEMENTE DE CÓMO SE PRODUZCAN DICHOS FALLOS, INTERRUPCIONES, RETRASOS, INEXACTITUDES, ERRORES U OMISIONES, ASÍ COMO TAMBIÉN DE LOS DERIVADOS DE O RELACIONADOS CON CUALQUIER USO NO AUTORIZADO DEL PRODUCTO CON LICENCIA. LA RESPONSABILIDAD TOTAL Y ACUMULADA DE LAS PARTES DE COSTAR EN RELACIÓN CON EL PRESENTE CONTRATO Y EL USO DEL PRODUCTO CON LICENCIA ESTARÁ LIMITADA A LOS DAÑOS DIRECTOS REALES Y PREVISIBLES EN EL MOMENTO DE CELEBRACIÓN DEL CONTRATO DEL LICENCIATARIO, DE HABERLOS, LOS CUALES, EN NINGÚN CASO, PODRÁN SUPERAR EL IMPORTE TOTAL EN CONCEPTO DE CUOTAS DE LICENCIA EFECTIVAMENTE PAGADO A COSTAR EN VIRTUD DEL PRESENTE CONTRATO DURANTE EL PERÍODO DE LOS DOCE MESES INMEDIATAMENTE ANTERIORES A LA FECHA EN QUE SURJA LA RECLAMACIÓN EN CUESTIÓN. LA RECUPERACIÓN DE ESTE IMPORTE SERÁ EL ÚNICO Y EXCLUSIVO RECURSO DEL LICENCIATARIO POR CUALESQUIERA DAÑOS Y PERJUICIOS EXIGIBLES. NINGUNA DE LAS PARTES DE COSTAR SERÁ RESPONSABLE BAJO NINGUNA CIRCUNSTANCIA DE LA PÉRDIDA DE BENEFICIOS, SEA CUAL FUERE SU CAUSA, NI DE NINGÚN DAÑO INDIRECTO (YA SEA CONSECUENTE, ASOCIADO CONEXO O DE OTRO TIPO), PUNITIVO O EJEMPLARIZANTE, INCLUIDOS, SIN CARÁCTER EXHAUSTIVO, CUALESQUIERA DAÑOS QUE SE DERIVEN DE ESTE CONTRATO, SE BASEN EN ÉL, RESULTEN DE ÉL O ESTÉN RELACIONADO CON ÉL O DE CUALQUIER USO DEL PRODUCTO CON LICENCIA, INCLUSO AUNQUE LAS PARTES DE COSTAR HUBIESEN SIDO PREVENIDAS DE LA POSIBILIDAD DE TALES DAÑOS. LA EXCLUSIÓN DE DAÑOS ESTABLECIDA EN ESTE PÁRRAFO ES INDEPENDIENTE DE LA INDEMNIZACIÓN DEL LICENCIATARIO ÚNICA Y EXCLUYENTE DESCRITA ANTERIORMENTE Y SUBSISTE EN CASO DE QUE TAL INDEMNIZACIÓN NO SEA VÁLIDA. EL LICENCIATARIO NO PODRÁ EJERCITAR NINGUNA ACCIÓN QUE SE DERIVE DE ESTE CONTRATO O QUE ESTÉ RELACIONADA CON ÉL MÁS DE UN (1) AÑO DESPUÉS DE QUE SE ORIGINE LA CAUSA DE LA ACCIÓN. LAS DISPOSICIONES DE ESTE ARTÍCULO SE APLICAN SIN IMPORTAR LA CAUSA O LA FORMA DE LA ACCIÓN, Y TANTO SI LOS DAÑOS SE FUNDAMENTAN EN UN CONTRATO, UN ILÍCITO CIVIL (CON INCLUSIÓN DE LA NEGLIGENCIA), LA RESPONSABILIDAD POR EL PRODUCTO O CUALQUIER OTRA CAUSA.

14. Indemnización. El licenciatario se compromete a exonerar de responsabilidad y mantener indemnes a las Partes de CoStar frente a cualquier acción de terceros, demanda o reclamación de tercero y cualesquiera pérdidas, gastos, daños, costes u otras consecuencias inherentes (incluidos los honorarios razonables de los abogados) cuando tales acciones, demandas o reclamaciones se deriven de o guarden relación con el uso o mal uso de cualquier parte del Producto, información proporcionada a CoStar a través del Producto con licencia o su violación de este Contrato. CoStar deberá notificar al Licenciatario por escrito de la existencia de la Demanda con la mayor brevedad posible (aunque el hecho de que CoStar no efectúe dicha notificación no eximirá al Licenciatario de sus obligaciones de indemnización, salvo en la medida en que se vea el Licenciatario perjudicado por ello). El Licenciatario deberá cooperar tan plenamente como sea razonablemente necesario en la defensa de cualquier reclamación o demanda. Si la exoneración y sustitución no está disponible para cualquiera de las Partes de CoStar en caso de cualquier reclamación, demanda o acción, basada en leyes, normas o reglamentos por cualquier razón, CoStar tendrá derecho a solicitar ante un tribunal competente la incorporación al proceso como parte demandada del Licenciatario respecto de la reclamación, demanda o acción en cuestión con fundamento en cualesquiera teorías, ya sea conforme a derecho o equidad, que así lo permitan. El presente artículo seguirá vigente tras el vencimiento o la rescisión del presente Contrato.

15. Cesión. Las obligaciones de las partes en virtud del presente documento son vinculantes para sus sucesores, representantes legales y cesionarios autorizados. El Licenciatario no podrá ceder o transferir (por disposición de la ley o por cualquier otra causa) ni este Contrato ni la licencia otorgada en virtud del presente, en su totalidad o en parte, sin el previo consentimiento por escrito de CoStar, sus derechos y obligaciones bajo este Contrato a cualquier sucesor a todos o parte sustancial de las actividades económicas o activos del Licenciatario (por fusión o de cualquier forma) siempre y cuando (a) dicha cesión no suponga la eliminación de ningún flujo de ingresos de CoStar existente en ese momento y (b) la parte a la que se realiza la cesión no compite de forma directa o indirecta con CoStar ni ninguno de sus afiliados.

16. Notificaciones y facturas. Todas las notificaciones que se efectúen en virtud del presente documento deberán hacerse por escrito y se entregarán, bien por correo electrónico, bien personalmente por correo certificado (con certificado de devolución solicitado, cuando sea posible), bien por medio de una empresa de mensajería bien conocida con servicio de entrega urgente de un día para otro a la dirección especificada en el Contrato de licencia, o a la que se especificase de otra forma por escrito por la parte destinataria. Las notificaciones a la dirección física de CoStar deberán dirigirse a la atención del departamento de ventas de CoStar. Las notificaciones de no renovación a CoStar bajo la Sección 5 de este Contrato deberán enviarse por correo electrónico a cancel@costar.com. Todas las notificaciones se considerarán entregadas, en caso de realizarse personalmente o por correo electrónico, el mismo día del envío o, si se envían por correo certificado, tres (3) días después de la fecha de envío o, si se entregan por una empresa de mensajería bien conocida con servicio urgente de un día para otro, un día después del envío o, en este último caso, cuando la entrega fuera internacional, cuatro (4) días después del envío. El Licenciatario acepta que CoStar pueda incluir notificaciones en las facturas enviadas al Licenciatario por correo ordinario o electrónico.

17. Fuerza mayor. Ninguna de las Partes de CoStar tendrá responsabilidad alguna por los daños o perjuicios que resulten de cualquier incumplimiento de cualquier obligación derivada del presente documento o de cualquier retraso en el cumplimiento de esta debido a causas ajenas al control de CoStar, con inclusión de conflictos laborales, fuerza mayor, acciones gubernamentales, terrorismo, guerras, incendios, pandemias, epidemias, otros siniestros, el fallo de cualquier enlace o conexión, ya sea informático o de otro tipo, o el fallo de la tecnología o de las telecomunicaciones o de cualquier otro método o medio de almacenamiento o transmisión del Producto con licencia.

18. Ley aplicable y tribunales competentes. Órganos competentes para la resolución de conflictos y leyes aplicables. Este Contrato se regirá e interpretará de conformidad con las leyes de Delaware, sin consideración de la elección de los principios de elección de legislación. CoStar acepta irrevocablemente la competencia de los tribunales federales y estatales ubicados en Virginia para cualquier acción iniciada contra CoStar en relación con este Contrato o el uso del Producto con licencia. El Licenciatario acepta irrevocablemente la competencia de los tribunales federales y estatales ubicados en Virginia, o en cualquier estado en el que se encuentren los Usuarios autorizados del Licenciatario, para cualquier acción iniciada contra el Licenciatario en relación con este Contrato o el uso del Producto con licencia.

CADA UNA DE LAS PARTES RECONOCE POR MEDIO DEL PRESENTE DOCUMENTO QUE RENUNCIA A SABIENDAS, DE FORMA VOLUNTARIA E INTENCIONAL A SU DERECHO A PARTICIPAR DE UNA ACCIÓN DE CLASE O DEMANDA COLECTIVA CONTRA LA OTRA PARTE EN CUALQUIER DISPUTA O PROCEDIMIENTO JUDICIAL (YA SEA BASADO EN CONTRATO, ESTATUTO, AGRAVIO O CUALQUIER OTRA TEORÍA).

19. Otras materias.

  1. Las partes son contratistas independientes, y nada en este Contrato creará ninguna sociedad, empresa conjunta, agencia, franquicia, representante de ventas o relación laboral entre ellos.

  2. Este Contrato contiene el contrato íntegro entre las partes con respecto al Producto con licencia y prevalece sobre cualesquiera declaraciones anteriores, orales o escritas, con este mismo objeto realizadas por CoStar, el Licenciatario o los representantes respectivos de estos, así como sobre cualesquiera documentos; sin embargo, este Contrato no prevalece sobre ningún otro contrato de licencia celebrado por escrito entras las partes salvo que expresamente se disponga aquí lo contrario.

  3. El presente Contrato no podrá enmendarse, modificarse o sustituirse, ni se podrá renunciar a ninguna de sus estipulaciones, a menos que todas las partes lo acuerden expresamente por escrito. El hecho de que cualquiera de las partes no exija en algún momento el cumplimiento íntegro de alguna de las disposiciones del presente documento no afectará en modo alguno al derecho de dicha parte a exigirlo posteriormente.

  4. Salvo en los casos en los que la ley expresamente exija otra cosa, el Licenciatario se compromete a preservar de forma estricta la confidencialidad de los términos del presente Contrato.

  5. Cada una de las partes manifiesta que, al celebrar este Contrato, no lo hace basándose en declaraciones o garantías no contempladas expresamente en el Contrato, y acepta que no tendrá ningún tipo de acción, judicial o no, a tal respecto.

  6. Cada una de las partes acepta que no tendrá derecho a reclamar por declaración falsa o equívoca, ya inocente, ya negligente, con base en cualquier manifestación del Contrato; con todo, lo anterior limitará ni excluirá ninguna responsabilidad por fraude.

  7. Ambas partes reconocen sus responsabilidades de acuerdo con la legislación antisoborno o anticorrupción vigente, y declara y garantiza no ha ofrecido, dado, solicitado o aceptado, ni lo hará en el futuro, ningún soborno de ninguna persona, organización o empresa con la intención de coaccionar o inducir a una persona, organización o empresa a actuar de forma indebida en el ejercicio de sus funciones.

  8. El Licenciatario acepta que CoStar pueda enviarle a él o a sus empleados, contratistas o Usuarios autorizados comunicaciones, incluidas, con carácter meramente enunciativo, comunicaciones sobre nuevas características o productos, anuncios disponibles, valoraciones de productos u otros contenidos de marketing, y el destinatario de tales correos podrá darse de baja en cualquier momento de tales comunicaciones. El Licenciatario cumplirá todas las leyes aplicables a los correos electrónicos que el Licenciatario y/o sus empleados, contratistas y Usuarios autorizados envíen cuando utilicen el Producto con licencia. 

  9. Si alguna de las disposiciones del presente Contrato que no sea de naturaleza fundamental se considera inválida, ilegal o inaplicable, la validez, legalidad y aplicabilidad del resto de las disposiciones de este Contrato no se verán afectadas. Si una disposición se considera inválida, ilegal o inaplicable, deberá tenerse por sustituida por una disposición aplicable que preserve el propósito y los beneficios de la disposición original sustituida.

  10. El Licenciatario reconoce que, en caso de incumplimiento de cualquiera de estas condiciones por su parte, CoStar podría sufrir daños irreparables y que, por lo tanto, CoStar tendrá derecho a solicitar medidas cautelares (sin necesidad de depositar una fianza), así como todos los demás resarcimientos monetarios disponibles en derecho o en equidad.

  11. Los epígrafes no pueden utilizarse para interpretar el sentido del texto.

  12. Cualquier disposición de este Contrato que por su naturaleza deba seguir vigente tras la fecha de vencimiento o rescisión del Contrato seguirá vigente tras la fecha de vencimiento o rescisión de este Contrato, incluidas, pero sin limitarse a, las Secciones 4, 6(d), 7, 8 y 11 al 20 del presente Contrato.

  13. La versión en inglés de este Contrato será la versión vinculante. Cualquier versión traducida del presente Contrato tendrá un carácter meramente informativo y no será decisiva en cuanto al significado o la aplicación del presente Contrato.

20. Cláusulas específicas de la jurisdicción.

  1. Fuera de Estados Unidos, Canadá, el Caribe y China. Solo para los Licenciatarios ubicados fuera de Estados Unidos, Canadá, el Caribe y China se aplicarán las siguientes disposiciones adicionales y, en caso de conflicto, prevalecerán sobre las disposiciones en conflicto de estas Condiciones del Contrato de licencia de CoStar:

    1. El término «CoStar» hace referencia a CoStar UK Limited y/o cualquiera de sus empresas subsidiarias.

    2. Este Contrato, así como cualquier controversia o demanda (incluidos, sin carácter exhaustivo, los conflictos o las reclamaciones no contractuales) que se deriven de él o en relación con él o su contenido o formación, se regirán e interpretarán de acuerdo con las leyes de Inglaterra y Gales. Cada una de las partes acepta irrevocablemente que, en beneficio exclusivo de CoStar y con sujeción a lo dispuesto en el presente párrafo, los tribunales de Inglaterra y Gales tendrán competencia exclusiva para resolver cualquier controversia o demanda (incluidos, sin carácter exhaustivo, los conflictos o reclamaciones no contractuales) que se deriven del contrato o en relación con él o su contenido o formación. Nada de lo dispuesto en el presente Contrato limitará el derecho de CoStar a iniciar un proceso contra el Licenciatario ante cualquier otro tribunal de jurisdicción competente. Además, la incoación de un procedimiento por parte de CoStar en una o más jurisdicciones diferentes no impedirá a CoStar hacerlo en otra jurisdicción, ya sea simultáneamente o no, en la medida permitida por la ley de dicha otra jurisdicción.

    3. NADA DE LO ESTABLECIDO EN ESTE ACUERDO EXCLUIRÁ O LIMITARÁ LA RESPONSABILIDAD DE UNA PERSONA POR LA MUERTE O EL DAÑO PERSONAL COMO RESULTADO DE SU NEGLIGENCIA, POR EL FRAUDE, O POR CUALQUIER RESPONSABILIDAD QUE NO PUEDA LIMITARSE O EXCLUIRSE SEGUNDO LO ESTABLECIDO EN LA LEY.

  2. China. Solo para los Licenciatarios ubicados en China se aplicarán las siguientes disposiciones adicionales y, en caso de conflicto, prevalecerán sobre las disposiciones en conflicto de estas Condiciones del Contrato de licencia de CoStar:

    1. El término definido «CoStar» hace referencia a STR Benchmarking Solutions (Beijing) Co., Limited, una filial propiedad completa de CoStar UK Limited.

    2. Este Contrato se interpretará de acuerdo con la legislación de China. Cualquier disputa como resultado de la aplicación del Contrato o relacionado con el Contrato se resolverá mediante una negociación amistosa entre las partes. En caso de que no se llegue a un acuerdo, la disputa se presentará ante la Comisión de Arbitraje Comercial y Económico Internacional de China para su arbitraje en Beijing de acuerdo con las reglas de arbitraje de la comisión aplicables en ese momento. El árbitro, o cada uno de los árbitros, si hay más de uno, será de una nacionalidad distinta a la de las partes o las empresas matrices de las partes o su lugar de incorporación. Las partes designarán mediadores que no formen parte del Panel de árbitros proporcionado por la Comisión de Arbitraje Comercial y Económico Internacional de China, y la remuneración de los árbitros se establecerá sin hacer referencia a los horarios o tasas normalmente establecidos por la Comisión de Arbitraje Comercial y Económico Internacional de China. Se usará el idioma que el presidente de la Comisión de Arbitraje Comercial y Económico Internacional de China considere adecuado para las circunstancias del caso. El tribunal podrá tener en cuenta las Reglas de la International Bar Association para la Obtención de Pruebas para Arbitraje Internacional que se apliquen en ese momento para decidir cualquier aplicación por las partes que soliciten la producción de documentos. A la hora de tomar una decisión, el tribunal no tomará decisiones sobre asuntos ex aequo et bono. El tribunal no adoptará un procedimiento contradictorio para el arbitraje. La decisión del arbitraje será final y vinculante para ambas partes.

    3. Si se proporciona una versión en chino de este Contrato, la versión en chino de este Contrato será la versión vinculante.

Fecha de entrada en vigor: 06 de febrero de 2025

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